El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, publicó años atrás un díptico con el nombre “La Ley de Internet Fácil” referido a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSII) 34/2002 de 11 de Julio.
De forma clara y básica resume el contenido de la Ley, dándonos las pautas de todo aquello que podemos realizar por Internet, entre otros medios, y advirtiendo sobre las prácticas no legales.
¿Qué debe hacer una empresa que ejerza actividad económica por Internet?
Deberá indicar en la página web, de modo claro, la siguiente información:
- Denominación social, CIF, domicilio, y email, teléfono o fax.
- Datos de inscripción en el registro mercantil, en su caso.
- En las actividades en que fuera necesario, datos de colegiación y título profesional requerido para ejercer la actividad.
- Si además se utiliza un teléfono con tarificación adicional se debe incluir toda la información.
- Si se realiza venta online, se debe indicar claramente el precio del producto, así como las condiciones de venta, envío y devolución.
- Confirmación de la compra del producto a través de un acuse de recibo enviado por mail.
Y para enviar publicidad por email:
- El anunciante debe identificarse claramente.
- Debe haber constancia de que se trata de un mensaje publicitario.
- En caso de ofertas, concursos, promociones… deben detallarse todas las condiciones de participación y periodo de duración.
- No se pueden enviar correos de este tipo si el destinatario no nos ha concedido permiso expreso para ello.
- El mensaje deberá estar identificado con la palabra “publicidad” o la abreviatura “publi”.
- El destinatario podrá revocar en cualquier momento su aceptación de recibir mensajes de este tipo a través de un procedimiento sencillo.
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Una duda, Jesús.
Acabo de recopilar un buen número de correos de empresas y profesionales con el fin de realizar una campaña de mailing enviándoles publicidad de mi empresa. ¿Puedo tener un problema legal si les envío entonces esa publicidad?
Hola, Rubén.
Depende de dónde hayas obtenido esos correos, si son de fuentes públicas como guías y directorios, y el uso que vayas a hacer de ellos. ¿Vas a contratar el envío con alguien, o lo vas a realizar directamente?. Por seguridad te recomendaría que en el primer envío no incluyas publicidad, sino que te presentes y solicites autorización para enviarles “información de interés”. De esta forma, si te dan autorización, te puedes evitar de un buen disgusto.